En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación limitada interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 30 de octubre de 2012.
SEGUNDO: ACUERDA la admisión de la exhibición de documentos requerida por la parte demandada en el particular CUARTO de su escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 17 de octubre de 2012. En consecuencia, se ordena al Tribunal de la causa intimar bajo apercibimiento a la parte actora requerida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que exhiba la chequera emitida por el Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, correspondiente a la cuenta corriente N° 0102 0150 15 0000018238 d.....