este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
Primero: SE DECLARA CON LUGAR la acción por reconocimiento de instrumento privado, planteada por la ciudadana AURA ELENA CANCHICA DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 5.656.079, de este domicilio y hábil debidamente asistida por el ABOGADO JOSE MANUEL RODRIGOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad No. V 11.509.868 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.214.603, contra la ciudadana GLADYS ELENA CANCHICA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 5.656.078.
A tal efecto, SE DECLARA RECONOCIDO el instrumento de fecha 05/07/2007.