PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano: DEL PEZO NARVAEZ CARLOS ALBERTO, quien dice ser de nacionalidad Ecuatoriana, natural de Guayaquil Ecuador, nacido en fecha 22 de junio de 1982, de 26 años de edad, hijo de Alfredo del Pezo (v) y Celeste Narváez (v), titular de la cédula de transeunte No E-83.812.517, soltero, de profesión u oficio mesonero, domiciliado en la urbanización Táchira, calle principal, casa No. 40, frente a la línea de taxi Aerotur, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 0424-7687728; por la comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de la identificación, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión a la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministe.....