este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada en los términos convenidos y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y así formalmente se decide