Con lugar lo solicitado por el ciudadano William Teodulfo Durán Cáceres, plenamente identificado, en fecha 7 de marzo de 2019 recibido en fecha 18 de marzo de 2019 por ante este tribunal, actuando por sus propios derechos, en la causa penal signada con el N° 2C-SP21-S-2015-003284 por la presunta comisión del delito de violencia psicológica previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida libre de Violencia , el delito de amenaza agravada con circunstancias agravantes, previsto y sancionado en el artículo 41 de la ley, concatenado con el articulo 68 numeral 3 ejusdem, y el delito de violencia física agravada con circunstancias agravantes previsto y sancionado en el artículo 42 concatenado con el articulo 68 numeral 3 ejusdem, así como el delito de posesión ilícita de arma de fuego, previsto en el artículo 111 de la Ley para el desarme y control de armas y municiones, cometido en perjuicio de Lisbeth Lusmary Biondell Jurado, en cons.....