Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIOÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN por pérdida de Interés del demandante en la causa.
Se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por auto de fecha 07 de Abril de 1988 y participada con oficio Nº 334 de fecha 07 de Abril de 1988 y 421 de fecha 02 de Mayo de 1988.
Notifíquese a las partes.-
LA JUEZ
ANA CECILIA LÓPEZ de GUERRERO
LA SECRETARIA
ALBA MARINA LABRADOR