Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve:
Primero; La Remisión de la presente causa, a favor de las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA); a quienes se les investigaba por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto en el artículo 418 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el literal "c" del artículo 569 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente.
Segundo: Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa a favor de las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), de conformidad con el numeral 5º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el ordinal 3º del artículo 318 ejusdem.
Tercer.....