este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCUION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLINA LA COMPETENCIA por razón de territorio y acuerda remitir el presente expediente en el estado procesal en que se encuentra al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO MIRANDA para la prosecución de la presente causa, junto con la libreta de ahorros N° 00070047940010064229 del _Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES) debidamente cancelada; una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto se observa que en la referida libreta existe un saldo de trescientos treinta seis bolívares con treinta y tres céntimos, se acuerda notificar a la beneficiaría para el retiro de dicha cantidad, así mismo Ofíciese a la entidad Bancaria BANFOANDES A los fines de informar sobre el cierre y cancelación d.....