Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento de los cónyuges ciudadanos: RAFAEL YORDANO NIÑO ALVARADO Y ZARAY DEL CARMEN LÓPEZ DE NIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.611.465 y V-16.611.341 respectivamente, cónyuges entre sí, de este domicilio y civilmente hábiles. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público respectivo con copia certificada de la solicitud y del presente auto. Se insta a los solicitantes a impulsar las copias fotostáticas respectivas, para la elaboración de la correspondiente boleta al Fiscal y de las certificaciones solicitadas.