PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del acusado CARMELO ELIAS MORENO PEÑA, de nacionalidad Venezolana, natural de Coloncito, Estado Táchira, nacido en fecha 19-01-1982, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad No V- 16.282.906, soltero, oficio del ganadero, hijo de Maria mercedes peña y liborio antonio (v), con residencia en vía Umuquena, hacienda caño negro, Municipio San judas Tadeo, Estado Táchira, teléfono 0416-0778608, por la presunta comisión de los delitos de por la presunta comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el articulo 254 de LA Ley Orgánica para La Protecciones de Niño y Niñas y adolescentes, en perjuicio de M.C.M.R Y J.F.M.R .SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, en el capitulo quinto, intitulado de los medios de prueba, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con.....