DECLARA: 1º LA CADUCIDAD de la acción de nulidad conjuntamente con medida cautelar interpuesto por la sociedad mercantil Distribuidora Merca Fácil C.A., en contra de la providencia administrativa 500-2012, de fecha 10.5.2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira, en el procedimiento de solicitud de reenganche y pago de salarios dejados de percibir incoado por la ciudadana Martha Catherine Ramírez Galán, titular de la cédula de identidad n.º V.-18.089.329. 2º INADMISIBLE el referido recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar incoado por la sociedad mercantil Distribuidora Merca Fácil C.A., en contra de la providencia administrativa 500-2012, de fecha 10.5.2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira. 3º No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instan.....