este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a los artículo 2 y 26 Constitucional y 12 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO POR PARTE de la ciudadana TIBISAY ENCARNACIÓN RAMIREZ PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de las cedula de identidad No. V-15.989.507, de este domicilio y hábil, EL CONTENIDO Y LA FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO DE VENTA, que aparece inserto al folios 4 del expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, en tal virtud, se acuerda el Desglose del Documento Privado a los fines de Ley junto con copia certificada de la presente decisión.