Este Tribunal visto lo solicitado y de conformidad con lo establecido en el articulo 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble, propiedad del demandado ya identificada, ubicado en el Peñon del Municipio Michelena del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son Norte: mide cuarenta y seis metros (46 mts) con Fidelia Esperanza Zambrano Ramírez, Sur: mide cuarenta y seis metros (46 mts) colinda con Juan Bautista Tapa Rivas, Este: mide nueve metros (9 mts) colinda hoy con predios de Alfredo y Felipe Chacon y por el Oeste: mide nueve metros (9 mts) colinda con una vía privada, adquirido por documento registrado por la Oficina de Registro Publico del Municipio Michelena del Estado Táchira, inserto bajo la Matricula N° 2007 RI, Tomo X-01, Folios 2 al 8, de fecha 31 de julio del 2007. Aperturese cuaderno de medidas. Líbrese oficio.