este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las diligencias hechas por los ciudadanos ADRIANO CABALLERO CUETO Y EVE ZULAY DUQUE de CABALLERO, colombiano y venezolana, respectivamente, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 81.141.866 y 5.683.439, casados, domiciliados en Táriba, Estado Táchira, asistidos por la abogada GLADYS CAÑA SERRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 22.909, bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos sobre unas mejoras ubicadas en Vega de Aza, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, consistentes en 03 inmuebles y 01 galpón descritos de la siguiente manera: 1) INMUEBLE: en un área aproximada de terreno de (110,25 M2), compuesta por sala, cocina, comedor, garaje y 01 baño. 2) INMUEBLE: galpón, en un área aproximada de terreno de (60,48 M2). 3) INMUEBLE: en un área de (53,78 M2), aproximada de terreno, compuesto por cocina, com.....