DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriores de hecho y de derecho, este Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE NULIDAD DE ACTA de asamblea extraordinaria de asociados celebrada el 13 de marzo del 2011, inserta en fecha 07 de junio del 2011 bajo el N° 420, folio 104 al 111, protocolo único, tomo nueve, mediante la cual se acordó la exclusión de los ciudadanos MAURICIO HIGUERA, LAURA ROSA SALAMANCA Y SUGEY TERESA ROJAS MORENO, por lo tanto quedan sin efecto las decisiones y acuerdos tomados por los socios en dicha asamblea.
SEGUNDO: se condena en costas a la parte demandada
TERCERO: Una vez quede firme el presente fallo, ofíciese lo conducente a la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Córdoba del Estado Táchira, a fin de que estampe las correspondientes notas marginales.-
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