DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia AUTORIZA amplia y suficientemente a la citada adolescente: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolana de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-19.360.327, para que contraiga matrimonio civil por ante el funcionario registral correspondiente, con el ciudadano: JUAN CARLOS CHACON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.408.020. Se advierte a las partes que en el matrimonio, el marido y la mujer adquieren los mismos derechos y asumen los mismos deberes, y se deriva la obligación de vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente, tal y como lo establece el contenido del artículo 137 de nuestro código civil venezolano. Así mismo, se insta a las partes a consignar al procedimiento copia certificada del acta de matrimonio respectiva una vez celebrado el mismo. Y ASI SE DECIDE. Entréguese a los interesados copia certificada de la presente auto.....