En el día de hoy, Lunes 18 de Julio de 2016, siendo las 10:30am, fecha y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, previo anuncio de ley, no se hizo presente la parte actora, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del demandado, en la persona de su apoderado judicial William Novoa, bajo el IPSA Nro: 148.518, por lo cual este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en virtud a la incomparecencia de la parte demandante declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo previsto por el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.