PRIMERO: Se declara Sin Lugar la Apelación interpuesta por el Abogado WILMER JESÚS MALDONADO GAMBOA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 67.025, contra el auto de fecha 20/09/2005, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes el auto de fecha 20/09/2005, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: De conformidad con el artículo 281 se condena en costas a la parte demandada apelante.
CUARTO: Bajese el expediente al Tribunal de la causa: Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de ésta Circunscripción Judicial, en la oportunidad legal respectiva.