PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación intentada por la ciudadana María Luisa Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 1.589.365, asistida por la abogada María Margarita Núñez Peña, inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 144.454, contra la decisión de fecha 5 de mayo de 2011, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada en 5 de mayo de 2011, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró con lugar la demanda intentada por el ciudadano Manuel Fernando Niño Rodríguez contra la ciudadana María Luisa Díaz, por cumplimiento de contrato de comodato verbal.
TERCERO: Se ordena a la ciudadana María Luisa Díaz, plenamente identificada supra entregar al ciudadano Manuel Fernando Niño Rodríguez, el inmueble ubicado en "Urbanización Estanc.....