PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA DEMANDA POR PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN interpuesta por el abogado WILBUR ORVILLE ARELLANO ROJAS, actuando como endosatario en procuración del ciudadano LARRY JESUS QUIROZ GRANADOS contra los ciudadanos LUIS GERMAN DUQUE Y JESUS ABEL DUQUE CONTRERAS.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los dieciocho.....