Por las motivaciones anteriores este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana NILSA MARIELA FERRER BARROSO, titular de la cédula de identidad No. 9.128.517, asistida por la abogado MAGLYS FERRER BARROSO, con Inpreabogado No. 31.590, contra de la sentencia dictada el 01 de octubre de 2004, en el expediente N° 15834 de la nomenclatura llevada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. No hay lugar a costas por haberse accionado contra decisión judicial. Si transcurridos tres días de despacho a partir de la presente fecha, la parte interesada no ejerciere el recurso de apelación, remítase el presente expediente .....