DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS por mutuo consentimiento de los cónyuges: LILIAN YORCELLY CARRERO URBINA Y CESAR EFREN LOPEZ MONCAYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.348.836 y V-17.646.079, respectivamente, civilmente hábiles, asistidos por la abogado en ejercicio NORMA JUDITH URBINA CANTOR, inscritos en el IPSA bajo el N° 169.586; los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación.-