PRIMERO: Parcialmente con lugar la Obligación de Manutención; realizada por la ciudadana DELIA MARGARITA SUBERO ARELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.258.124 contra el ciudadano JOSE ALBERTO MARTINEZ MORANTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.919.046 quedando la Obligación de Manutención en la cantidad de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 90.000) mensuales. Y a partir de FEBRERO 2018 debe pasarle la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (130.000) mensuales. Cantidades que deben ser descontadas por nomina y depositadas a la cuenta del Banco Bicentenario, a partir de la fecha quede definitivamente firme la presente decisión.
SEGUNDO: Para el mes de agosto el padre debe comprarle los uniformes de clase y los útiles escolares y la mama compra los zapatos escolares y uniformes de deporte.
TERCERO: Para el mes de diciembre el papa compra el 24 diciembre la ropa a su hija y la madre el 31 diciembre. Deben cons.....