PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la empresa RENTABLES C.A., representada por la Abogada ANTONIA ISABEL SANDOVAL CHACÓN; contra los ciudadanos: DENNYS XIOMARA MOLINA RAMÍREZ (arrendataria) y JOSÉ GREGORIO DÁVILA MOGOLLÓN (fiador) representados por el Defensor Ad-Litem Abogado JOEL DARIO CAMARGO ARAQUE, y contra MARÍA CAROLINA DUQUE DE DÁVILA representada por los Abogados VICTOR MELO ARAGORT y JOSÉ DANIEL SÁNCHEZ MARÍN; por cumplimiento de contrato de arrendamiento el cual versa sobre un inmueble consistente en un apartamento signado con el Nº 8-2, ubicado en el Conjunto Residencial CAMINO REAL, Torre D, Avenida Principal de Los Naranjos, San Cristóbal del Estado Táchira.
En consecuencia, se condena a la parte demandada, HACER ENTREGA MATERIAL del inmueble antes descrito a la arrendadora empresa RENTABLES C.A.; libre de personas y bienes, y en el mismo buen estado de uso y condiciones en que fue recibido.
SEGUNDO: Se CONDENA solidariamente a los demandados DENNY.....