Se declara la Admisión de los Hechos alegados y probados por el demandante cuyas pruebas se consignan de pruebas 01 folios útiles de escrito pruebas y 17 anexos, y en tal sentido: este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano: PABLO EMILIO CORONADO LLANES, titular de la Cédula de Identidad nro: V- 11.300.988, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 01-08-2012.
Fecha de egreso: 02-07-2013.
Tiempo laborado: 11meses y 01 día.
-Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de: 11 meses y 01 día; que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario último devengado por el demandante durante la vigencia de la relación laboral de Bs.....