PRIMERO: Declara sin lugar la inhibición propuesta por el Abogado Josue Manuel Contreras, en su carácter de juez del juzgado segundo de primera instancia en lo civil, mercantil y tránsito de la circunscripción judicial del Estado Táchira, contenida en acta de fecha 03 de febrero de 2010, para separarse de la presente causa. En consecuencia:
SEGUNDO: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a todos los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.