Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, realizada por las partes en la presente causa. En consecuencia, se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Despacho, en fecha 03 de junio de 2013. Ofíciese lo conducente. Se acuerda expedir los cuatro (04) juegos de copias fotostáticas certificadas solicitadas. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.