Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante reconvenida ciudadana ARELIS COROMOTO GONZÁLEZ, mediante diligencia de fecha 29 de junio de 2015.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA-VENTA, interpuesta por la ciudadana ARELIS COROMOTO CARMONA GONZALEZ, en contra de la ciudadana MARY ZULEIMA ROMERO MONTOYA, plenamente identificados en autos.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA RECONVENCIÓN interpuesta por la ciudadana MARY ZULEIMA ROMERO MONTOYA, en contra de la ciudadana ARELIS COROMOTO CARMONA GONZALEZ, plenamente identificados en autos, en consecuencia se declara:
A-) RESUELTO EL CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA-VENTA, susc.....