JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia acuerda:
PRIMERO: HOMOLOGAR la manifestación de ofrecimiento efectuada por el padre y convenida tácitamente por la madre.
SEGUNDO: Ajustar la retención de prestaciones sociales del obligado a los nuevos montos.
TERCERO: Se establece igualmente una cuota igual a la fijada, en atención al criterio manifestado por las partes en acuerdo conciliatorio celebrado en fecha 11 de julio del 2003; en consecuencia como cuotas Extraordinarias para los meses de AGOSTO y DICIEMBRE se fija una cuota igual a la cuota ordinaria, de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) para un total en los referidos meses de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,00), para los gastos escolares y decembrinos.
CUARTO: Oficiar al Ente Patronal a los fines del descuento de l.....