PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MATILDE MENDEZ DE INGRAVALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.551.504 de este domicilio, en su carácter de PROPIETARIA ARRENDADORA, contra el ciudadano SEBASTIAN PERNÍA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.630.570 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira, en su carácter de ARRENDATARIO; por DESALOJO.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano SEBASTIAN PERNÍA MORA, ya identificado, en hacerle entrega a la ciudadana MATILDE MENDEZ DE INGRAVALLO, también identificada, del inmueble objeto del contrato de arrendamiento ubicado en La Laja, Aldea Sucre del Municipio Independencia, del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son: NORTE: Con propiedad que es o fue de Pedro Vanegas, mide diez metros; SUR: Con terreno antes de Faustino Duarte, hoy con propiedad de la Sucesión Duarte, mide diez metros; ESTE: Con propiedad antes del doctor.....