En virtud de los razonamientos esgrimidos y de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 254 y 506 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible la Solicitud de Fraude Procesal intentada por el ciudadano LUIS FERNANDO MEJIA RESTRESPO, contra los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO CONTRERAS LABRADOR, SOCORRO DE JESUS CONTRERAS LABRADOR, ELIS RAMON CONTRERAS LABRADOR, JOSE ELIASIR CONTRERAS LABRADOR Y JULIO CESAR CONTRERAS LABRADOR, en el proceso ventilado en el expediente Nro 7020 de la nomenclatura llevada por el Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira; Demandante: FRANCISCO ANTONIO CONTRERAS. Demandado: LUIS FERNANDO MEJIA RESTREPO. Motivo: Cumplimiento de Contrato. Fe.....