ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, CONSTITUIDO COMO MIXTO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado PEDRO JOSÉ RINCÓN MÁRQUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 09 de noviembre de 1975, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.251.714, hija de Pedro Rincón (v) y de Carmen Celia Márquez (v), soltero, de profesión u oficio Técnico en Instalaciones de redes inalámbricas, residenciado en El Garrochal, calle 8, casa N° 11-24, San Antonio, Municipio Bolívar, Estado Táchira, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 6 ordinales 1,3,10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor.
SEGUNDO: EXONERA de COSTAS al Estado venezolano por haber existido elementos para que la Fiscalia llevara adelante la investigación y se.....