Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La inadmisibilidad de la demanda intentada por el ciudadano Wilmer Javier Jaimes Escalante, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° 13.709.030, en contra de la Universidad de los Andes (U.L.A), Núcleo Táchira, y la perención del proceso
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los diecinueve (19) días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018). Publíquese la presente decisión. Años 208° y 159°
La Juez
La Secretaria
Abg. Liliana Duque Rosales