PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho supra trascritas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA LA FALTA DE CUALIDAD DE LA CO-DEMANDANTE ciudadana NUBIA HERMELINA NIETO DE RUIZ.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por los ciudadanos Anderson José Ruiz Nieto y Nubia Dakiesa Ruiz Nieto en contra de la ciudadana Nakary Moros Ramírez, en consecuencia, queda resuelto el contrato de promesa de venta firmado entre ambas partes el día 15 de julio de 2013, sobre un inmueble consistente en una casa para habitación, edificada sobre terrenos de la municipalidad, ubicada en la urbanización La Esperanza calle 04, N° 08, en la ciudad de Ureña, municipio Pedro María Ureña.....