PRIMERO: Se Declara Parcialmente Con Lugar el Ofrecimiento de Obligación de Manutención, planteado por CARLOS ORESTERES ESCALANTE CRISTANCHO, titular de la cédula N° V-5123461 en beneficio de su hijo ANGELO DANIEL GONZALEZ DURAN, representado por su madre JENNY NATHALY GONZALEZ DURAN, titular de la cedula Nº V-14904134, ambos de este domicilio;
SEGUNDO: Se declara Parcialmente con lugar la Fijación de Obligación planteada por JENNY NATHALY GONZALEZ DURAN y se ordena a CARLOS ORESTERES ESCALANTE CRISTANCHO, al pago mensual de SETECIENTOS CINCUENTA Bolívares (Bs. 750,oo) equivalente a 9,86 unidades tributarias o 53,57 % del salario mínimo nacional y para los meses de Agosto y Diciembre dicha suma será doble es decir UN MIL QUINIENTOS Bolívares (Bs. 1.500,oo), para cubrir los gastos de estudio y de fin de año, por concepto de Obligación de Manutención en favor de su hijo, mediante depósito bancarioa;
TERCERO: Por cuanto la presente sentencia está siendo dictada fuer.....