este Juez Unipersonal Temporal Nro. 1 De la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana MARIA DE COROMOTO ALVAREZ DE AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.076.206, para que en nombre y representación su hija la niña MARIA CARLA AVILA ALVAREZ, venezolanas, de 09 años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 513 expedida por la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal Estado Táchira, lleve a efecto la venta de los derechos y acciones que le corresponden a la mencionada niña sobre tres lotes de terreno que forman uno solo