este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público, así como las pruebas ofrecidas por la misma, por considerarlas, lícitas, necesarias y pertinentes al esclarecimiento de los hechos, de conformidad con los ordinales 2 y 9 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda la Suspensión Condicional del proceso solicitada por el imputado JOSE DANIEL RANGEL RIVAS, venezolano, natural de la fría, Municipio García de Hevia, nacido el 09-10-1971, titular de la cédula de identidad No. 11.304.458, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de oficio comerciante, hijo de Rosa Marlene Rivas (v) y Víctor Manuel Rivas (v), residenciado en el Barrio Las Delicias, avenida aeropuerto, casa B-28, ca.....