DISPOSITIVA
Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con base en lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente pretensión de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentado por el Ciudadano HENRY CORREA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad Nº E-82.149.910, asistido para ese acto por el abogado IVÁN CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-4.282.177, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.811, con domicilio procesal en la Séptima Avenida con calle 15 Nº 7-35, MULTISERVICIOS JAICAR C.A., San Cristóbal, Estado Táchira contra la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL "CENTRO LATINO", en la persona de: ANDRÉS ELOY MORALES PORRA.....