Se Decidio Declarando a los ciudadanos EDY JOSEFINA CASTRO DE RAMIREZ, JAVIER ONESIMO RAMIREZ CASTRO, LUIS ALBERTO RAMIREZ CASTRO, EDISON OMAR RAMIREZ CASTRO como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, la primera en su condición de cónyuge y los tres (03) últimos en su condición de hijos del causante ONESIMO RAMIREZ. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-