Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: Félix Antonio Sampayo y Esmeralda Margarita Pernia, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.108.823 y V-7.104.401, y decide:
PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: Félix Antonio Sampayo y Esmeralda Margarita Pernia, según consta en Acta de Matrimonio N° 311, Tomo II, folio 12, de fecha 18 de junio de 1998, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Valencia del Estado Carabobo, con sede en Valencia, y así se declara.
SEGUNDO: Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello