solicita que se le otorgue hasta el 30 de diciembre de 2024 plazo para pagar lo adeudado es decir; la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS SETENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEÁMERICA ( 2.770.00 $) y por la otra parte el abogado ELMER DIAZ RAMIREZ con Inpreabogado No. 90.634 apoderado judicial de la parte intimante ciudadano CARLOS VERA donde acepta en todas y cada una de sus partes de forma integral el convenimiento de la parte intimada y le concede el lapso solicitado, este Tribunal de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le resulta forzoso impartirle la correspondiente HOMOLOGACIÓN, al convenimiento celebrado por las partes y acuerda darle el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.-
LA JUEZ PROVISORIA,
ABG. JOHANNA QUEVEDO POVEDA.
LA SECRETARIA,
ABG. WUENDY MONCADA
Expediente 10.159-2024
JQ/ Ar