ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECLARA: Primero: DESISTIDA LA ACCIÓN intentada por el ciudadano demandante JOSÉ DE LA CRUZ SÁNCHEZ ESCALANTE, contra la EMPRESA INTEGRAL DEL TÁCHIRA S.A. (EMINDELTA),, por Enfermedad Profesional. Segundo: No hay especial condenatoria en costas.
De conformidad con el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por razones de seguridad de la cinta que contiene la reproducción del presente acto, se ordena dejarla en custodia del archivo audiovisual, la cual deberá colocarla en un sobre precintado, identificando el cassetTe con el número de expediente y el nombre de las partes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.