En consecuencia, por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios San Cristóbal Y Torbes De La Circunscripción Judicial Del Estado Táchira; Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la reconvención propuesta por el ciudadano ADIB ALEXANDER BEIRUTI CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-12.227.242, asistido por el abogado en ejercicio ADIB BEIRUTI BRACHO; inscrito en el Inpreabogado Nº 152.061; en contra de la ciudadana ROSA EDDY VELANDRIA PARRA, por DAÑO MORAL Y ECONOMICO