En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal Laboral del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo de Prescripción alegada por la parte demandada GOBERNACION DEL ESTADO TACHIRA. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana MARISELA COLMENARES DE RODRIGUEZ contra la GOBERNACION DEL ESTADO TACHIRA, en la persona de la ciudadana Procuradora General del Estado Táchira, abogada Doris Gandica, en lo que respecta solo a los intereses de mora e indexación sobre las cantidades pagadas dentro de las fechas 31/12/2000 hasta el 31/12/2004, fecha del último pago, sobre los saldos que resulten de descontar del monto total de los abonos realizados en cada período. TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay especial condenatoria en costas.