DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos ANDRES PERNIA PERNIA y MARIA ELSIDA VIVAS DUQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nos. V- 9.213.060 y V – 10.243.032, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 26 de octubre de 1985, por ante la Prefectura del antes Municipio Táriba, hoy Parroquia Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, según consta en acta No. 265.