PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 35.000,00), cantidad que comprende la diferencia pendiente a favor del accionante, por los conceptos reclamados en la demanda, derivados de la relación laboral que vinculó a las partes y que la parte demandada se compromete a pagar en dos cuotas por la cantidad de Bs. 17.500,00 cada una, la primera que será pagada el martes 26 de marzo de 2013 y la segunda cuota el día 26 de abril de 2013, pagos que serán efectuados por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral. Así mismo, la parte demandada se compromete de manera expresa a entregar al trabajador las constancias de ingreso y egreso del Seguro Social Obligatorio. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los conceptos reclamados en la de.....