Primero: Se levanta la Declaratoria en Rebeldía, decretada en contra del joven adulto OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, quien fue sancionado a cumplir las medidas de REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, simultáneamente la medida de LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS, de conformidad con lo establecido en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, y simultáneamente la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, de conformidad con lo establecido en el articulo 625 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 149 de la Ley Orgánica de D.....