Por las razones antes expuestas ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHI RA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte al DESISTIMIENTO formulado por la Ciudadana: YOLIMAR BAUTISTA FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.106.613, parte solicitante en la presente obligación Alimentaria, su HOMOLOGACIÓN, conforme lo establece el artículo 263 ejusdem.
Visto el anterior Desistimiento se acuerda oficiar al Ministerio de Educación y Deporte a los fines de ordenar la suspensión de los descuentos nominales a partir del 10 de Abril de 2.006, y en cuanto a lo relacionado con la autorización de retiro solicitada se requiere que la ciudadana: YOLIMAR BAUTISTA FERNANDEZ, indique el monto a retirar a los fines de que posteriormente del retiro se ordene mediante oficio al Gerente de Banfoandes Sucursal Rubio la cancelación de la cuenta de Ahorros Nº 000.....