Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en consecuencia extinguida la demanda que por Fijación de Obligación de manutención, incoada por la ciudadana: MIRIAM ACEVEDO SANCHEZ, venezolana, identificada con la cédula Nro.V- 16.070.125, domiciliada, Barrio Brisas del Caparo, Calle principal, al lado del pool, Abejales, Estado Táchira, contra GREGORIO ACOSTA ATIAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.V-18.856.668, Barrio San Carlos, frente al liceo, en Punta de Piedra, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas .
No hay condenatoria en costas, en virtud de lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.....