Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana ZULEY YURIMA MUÑOZ CAMACHO, en nombre y representación de sus hijos (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano GIOVANNY MALDONADO RENGIFO. Todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano GIOVANNY MALDONADO RENGIFO, debe depositar a favor de sus hijos (se omite el nombre por disposición de Ley) en la cantidad de Seiscientos Veinte Bolívares (Bs.620,oo) mensuales y adicionalmente una Cuota Extraordinaria, en los meses de septiembre y diciembre de cada año, por la cantidad de Un Mil Quinientos Bolívares (Bs.1.500,oo).....